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Medidas de protección para el Buque o la Instalación portuaria en aplicación del Código PBIP

A menudo me preguntan cuáles son las medidas de protección en aplicación del Código PBIP para proteger un buque o una la instalación portuaria. Bueno la respuesta inicia por el resultado de las medidas para dar tratamiento a las amenazas y riesgos valorados. En principio hay medidas básicas y las cuales se aplican a todo tipo de buque o instalación portuaria, otras más complejas dependen de la capacidad e intención de las amenazas, del resultado del análisis del riesgo, del contexto en el cual se opera, de las operaciones que se realizan y de las opciones de control del riesgo que existan en el mercado de la seguridad. No es lo mismo proteger un buque o una instalación portuaria de banderas de países amenazados por organizaciones terroristas internacionales que de un país que su amenaza en el narcotráfico o de uno que no tenga este tipo de amenazas.

Antes de ver las medidas de protección debemos entender que cada una tiene en sí mismo vulnerabilidades y riesgos. Ninguna medida de protección en infalible.

Para la protección del buque, el Código PBIP, en adelante Código, en la parte A, numeral 7.2. especifica que “se deben llevar a cabo siete actividades mediante las medidas de protección adecuadas, en todos los buques, teniendo en cuenta las orientaciones que se dan en la parte B del Código, con objeto de determinar y adoptar medidas preventivas contra los sucesos que afecten a la protección marítima”. Los “sucesos” son las situaciones de riesgo que se pueden materializar que llevan a cabo las “amenazas” y las “medidas adecuadas” son las medidas correctas que dan tratamiento al riesgo. Miremos su aplicación con la actividad “.2 controlar el acceso al buque”.

En la parte B para controlar el acceso al buque en el nivel de protección uno hace referencia a las siguientes actividades de protección: comprobar la identidad de todas las personas que deseen subir a bordo; inspecciones y registros de personas, equipajes (incluidos los de mano), efectos personales y vehículos, con su contenido; puntos de acceso que deben estar protegidos o atendidos para evitar el acceso no autorizado; proteger, mediante dispositivos de cierre o por otros medios, el acceso a los espacios sin dotación permanente adyacentes a zonas a las que tengan acceso los pasajeros y visitantes.

Hasta aquí el Código hace referencia a los aspectos y actividades de protección, pero no menciona en específico ninguna medida de protección, ya que al hacerlo estaría limitando otras medidas que también pudiesen ser adecuadas.

Algunas medidas básicas de protección para “controlar el acceso al buque” pensando en 360 grados, pueden ser cámaras de seguridad que vigilen los puntos de acceso, la cubierta y los alrededores del buque, sistema de iluminación de protección que permitan vigilar los puntos de acceso, la cubierta y los alrededores del buque, sistemas de alarma contra intrusión, personal de protección que controle los puntos de acceso de personas, víveres, mercancías, equipos, equipajes y vehículos; personal de protección que vigile la cubierta y los alrededores del buque.  Alguna de estas medidas de protección se aplica para el buque atracado en la instalación portuaria y en zona de fondeo. Para en tránsito por canales, aguas restringidas o alta mar ya serian otras medidas de protección y dependen del entorno, de las amenazas y del nivel del riesgo.

Un buque atracado en un país donde no exista la amenaza del tráfico de drogas, amenaza terrorista y robo a mano armada, y los niveles de riesgo sean mínimos, bastaría con tener personal de protección que controle el acceso de personas y vehículos e iluminación en los controles de acceso, en cubierta y sus alrededores.

Para un buque atracado, fondeado o en tránsito por canales o aguas restringidas en un país donde exista la amenaza del tráfico de drogas, amenaza terrorista, piratería marítima y robo a mano armada, y los niveles de riesgo sean altos, es necesario fortalecer la seguridad con cámaras de seguridad de alta gama antivandálicas con reconocimiento facial incluso térmicas para los alrededores del buque, vigías con chalecos antibala y binoculares incluso con lentes de visión nocturna en los alerones del puente, supervisor de seguridad, escoltas y guardas de seguridad con chalecos antibala armados en los cuatro costados del buque, reflectores de alta potencia, radares de corto alcance, vidrios blindados en el puente de gobierno, rejas en las escalas de acceso entre cubiertas, detectores de metales, det5ectores de drogas y explosivos, caninos antidrogas y antiexplosivos, equipos de RX, barreras de protección sobre la borda para evitar el acceso no autorizado (concertinas, cercas eléctricas, etc.), chorros de agua a presión sobre la borda, generadores de ruido, rayos láser, entre otros.

Cada una de estas medidas de protección tiene sus vulnerabilidades y riesgos que es necesario considerar, por ejemplo, una cámara de CCTV de baja gama puede no tener una buena resolución que permita identificar una persona o el número de la placa de un vehículo y su cobertura y alcance es reducido para la vigilancia, toda cámara de seguridad tiene el riesgo de quedar fuera de servicio y quedar sin suministro de energía, le pueden quitar la energía, dañar, sabotear, obstaculizarla o dirigirla a un lugar que no necesite protección. Si es personal de protección puede no estar capacitado y entrenado para su labor, puede estar desmotivado, fatigado, cansado y el riesgo es que puede ser parte de la amenaza.

Como ven entrar a recomendar o especificar medidas de protección adecuadas para proteger un buque es algo a veces complejo y se necesita conocer antecedentes, las amenazas, como se gestionan los riesgos y las opciones de control del riesgo que se ofrecen en el mercado de la seguridad para las amenazas a la protección marítima. Pero si no existen medidas de protección adecuadas en el mercado hay que invertir en investigación y desarrollo para crearlas.

Luego ante la pregunta de cuáles son las medidas de protección en aplicación del Código PBIP para proteger un buque o una la instalación portuaria, la respuesta es que todo depende de las amenazas y sus antecedentes, del resultado del análisis del riesgo, del contexto en el cual se opera y de las opciones de control del riesgo que existan en el mercado de la seguridad, sin descuidar el control del control que se debe tener ante las vulnerabilidades y riesgos propios de cada medida de protección.


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