Objetivo General.
Los alumnos que hayan realizado y finalizado con éxito el presente curso deberá demostrar las competencias del STCW/78, Enmendado Sección A-VI/6-1 Requisitos mínimos de formación e instrucción en aspectos relacionados con la protección para toda la gente de mar, y la sección B/13.4 del Código PBIP para mejorar la protección del buque.
Aquellos que completen con éxito este curso deben alcanzar el nivel de competencia requerido que les permita contribuir a la mejora de la protección marítima a través de una mayor conciencia y la capacidad de reconocer las amenazas a la protección y responder de manera apropiada. Este conocimiento debe incluir, pero no se limita a:
1. El significado y los consiguientes requisitos de los diferentes niveles de protección;
2. Conocimiento de los procedimientos de emergencia y planes de contingencia;
3. Reconocimiento y detección de armas, sustancias y dispositivos peligrosos;
4. Reconocimiento, sobre una base no discriminatoria, de las características y patrones de comportamiento de las personas que pueden amenazar la protección; y
5. Técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección.
El alumno deberá demostrar que ha alcanzado las siguientes competencias, con arreglo a los métodos de demostración de la competencia.
1. Contribuir a la mejora de la protección marítima mediante una mayor toma de conciencia
2. Reconocimiento de las amenazas para la protección.
3. Comprensión de la necesidad de mantener la toma de conciencia y la vigilancia en la esfera de la protección, y de los métodos para lograrlo.
1. Introducción
1.1 Visión general del curso
1.2 Competencias que se adquirirán
1.3 Las amenazas de protección actuales y los patrones de amenaza
1.4 Operaciones y condiciones de los buques y puertos
2. Política de Protección Marítima
2.1 Familiarización con las convenciones internacionales pertinentes, códigos y recomendaciones
2.2 La familiaridad con la legislación y las regulaciones gubernamentales relevantes
2.3 Definiciones
2.4 Manejo de la información sensible y las comunicaciones relacionadas con la protección.
3. Responsabilidades de Protección
3.1 Los Gobiernos Contratantes
3.2 La compañía
3.3 El buque
3.4 La Instalación Portuaria
3.5 Oficial de Protección del Buque
3.6 Oficial de la compañía para la protección marítima
3.7 Oficial de protección de la instalación portuaria
3.8 La gente de mar con funciones de protección
3.9 Personal de la instalación portuaria con funciones de protección
3.10 Otros personal
4. Identificación de la Amenaza, Reconocimiento, y Respuesta
4.1 Reconocimiento y detección de armas, sustancias peligrosas y dispositivos
4.2 Reconocimiento, sobre una base no discriminatoria, de las personas que presentan potencial riesgos para la protección
4.3 Técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección
5. Acciones de protección del buque
5.1 Acciones requeridas por los diferentes niveles de protección
5.2 Reporte de sucesos de protección
6. Preparación para Emergencias, Ejercicios y Prácticas
6.1 La ejecución de los planes de contingencia
6.2 Ejercicios y prácticas de protección.
Ver ficha técnica curso OMI 3.27
Es obligatorio certificar el curso modelo OMI 3.27 Formación en sensibilización sobre protección para toda la gente de mar (Security Awareness Training for All Seafarers) Para toda la Gente de mar tal acreditación deberá ser certificada par un centro de formación y/o capacitación reconocido par la Autoridad Marítima Nacional.
Si, además, tiene asignadas funciones de protección también debe certificar el curse modelo OMI 3.26 Formación sobre protección para la gente de marque tenga asignadas tareas de protección (Security Training for Seafarers with Designated Security Duties)
La Gente de mar en la categoría de Oficiales'', a efectos de su titulación, deberá. Certificar tanto el curse modelo OMI 3.27 como el 3.26, en ambos casos, por un centro de formación y/o capacitación reconocido par la Autoridad Marítima Nacional.
La Gente de mar en la categoría de "Oficiales" que certifiquen haber aprobado el curso modelo OMI 3.19 Oficial de protección del buque (Ship Security Officer), no se les exigirá ninguno de los cursos modelo OMI anteriores.
Nota. tenga en cuenta que la certificación del Curso OMI 3.27 por si sola no lo habilita como marino para embarcarse.
Si va a realizar el curso y es marino:
Si va a realizar el curso y no es marino:
Si sabiendo los requisitos quiere hacer el curso con nosotros:
13.4 Todo el personal de a bordo restante debe tener suficiente conocimiento de las disposiciones pertinentes del PPB y estar familiarizado con las mismas, por ejemplo:
.1 el significado de cada uno de los niveles de protección y las exigencias consiguientes;
}.2 conocimiento de los procedimientos de emergencia y los planes para contingencias;
.3 reconocimiento y detección de armas y sustancias o dispositivos peligrosos;
.4 reconocimiento, sin carácter discriminatorio, de las características y las pautas de comportamiento de las personas que puedan suponer una amenaza para la protección; y
.5 técnicas utilizadas para eludir las medidas de protección.
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