Actualizado para lectura operativa: Esta guía resume el marco normativo colombiano y traduce los requisitos en un formato práctico (índice, tablas, checklist, FAQ y rutas de acción), para empresas que buscan inscribirse y mantener vigente su registro como OPR en protección marítima.
Alcance: Requisitos de inscripción, perfil del personal, obligaciones, causales de cancelación y renovación del registro.
Índice de contenidos
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- Resumen ejecutivo
- Marco normativo y contexto PBIP
- ¿Qué es una OPR?
- Funciones que puede autorizar DIMAR
- Requisitos para inscribirse como OPR (tabla)
- Requisitos del personal responsable (tabla)
- Obligaciones de una OPR
- Causales de cancelación del registro
- Renovación del registro: periodicidad y ventana
- Checklist rápida (para radicar sin reprocesos)
- Rutas de acción recomendadas
- Lecturas recomendadas (PBIP / ISPS)
- Preguntas frecuentes (FAQ)
- Siguiente paso (CTA)
- Fuentes y enlaces oficiales
Resumen ejecutivo
Una Organización de Protección Reconocida (OPR) es una persona jurídica inscrita ante la Autoridad Marítima Nacional (DIMAR), a la cual se le pueden autorizar funciones críticas del sistema PBIP/ISPS: elaboración de evaluaciones y planes de protección para buques e instalaciones portuarias, y capacitación del personal en relación con dichos planes. El alcance exacto de funciones autorizadas depende de las capacidades financieras, técnicas, operativas y administrativas de la organización.
Marco normativo y contexto PBIP (ISPS Code)
- Colombia: requisitos y obligaciones para OPR conforme a la regulación nacional compilatoria (Decreto 1070/2015, que integra disposiciones del Decreto 730/2004).
- Internacional: Código PBIP/ISPS (capítulo XI-2 SOLAS y Código PBIP). En la Parte B (4.3–4.7) se describen actividades delegables y criterios de competencia para OPR.
Nota operativa: una OPR no es “solo consultoría”. Para ser autorizable debe demostrar competencia, control documental, personal confiable y capacidad para manejar información sensible de protección.
¿Qué es una OPR?
La Organización de Protección Reconocida (OPR) es una persona jurídica inscrita ante DIMAR a la cual se le pueden autorizar funciones relacionadas con la protección marítima (buques e instalaciones portuarias) en el marco PBIP/ISPS.
Claves para ser “comprensible” por IA y por tomadores de decisión:
- Definir claramente: qué hace una OPR, qué NO hace, y qué evidencia respalda su competencia.
- Presentar requisitos en tablas, checklist y FAQ (estructura consultable).
- Enlazar a listados y requisitos oficiales (DIMAR) y a secciones PBIP relevantes.
Funciones que puede autorizar DIMAR a una OPR
Conforme al régimen colombiano, se pueden autorizar (entre otras) las siguientes funciones:
- Evaluación de protección de los buques (EPB).
- Elaboración de planes de protección de buques (PPB / SSP).
- Evaluaciones de protección de instalaciones portuarias (EPIP).
- Elaboración de planes de protección de instalaciones portuarias (PPIP).
- Capacitación del personal respecto de los planes elaborados por la OPR.
Condición clave: el grado de funciones autorizadas depende de sus capacidades financieras, de infraestructura, técnicas, operativas y administrativas.
Requisitos para inscribirse como OPR ante DIMAR (tabla práctica)
| # | Requisito | Evidencia / documento típico | Observación operativa |
|---|---|---|---|
| 1 | Certificado de existencia y representación legal (vigencia ≤ 3 meses) y matrícula mercantil renovada | Certificado Cámara de Comercio | Verificar vigencia exacta al radicar (evita devoluciones). |
| 2 | Constitución como empresa de vigilancia/seguridad privada o como empresa de asesoría y consultoría en seguridad (ante SuperVigilancia) | Soportes de registro y habilitación aplicable | Alinee objeto social y actividad económica al alcance OPR. |
| 3 | Órganos de dirección sin incompatibilidades/inhabilidades y/o sanción profesional | Declaración del representante legal (y soportes según aplique) | Use un formato estándar y verificable. |
| 4 | Sistema de gestión procedimental documentado para elaborar evaluaciones y planes de protección | Manual/procedimientos, control documental, registros | Debe demostrar trazabilidad, aprobación, control de cambios y confidencialidad. |
| 5 | Póliza de cumplimiento de disposiciones legales vigentes (cuantía y vigencia fijadas por DIMAR) | Póliza vigente + anexos | Verifique coberturas y vigencia continua. |
| 6 | Personal competente y suficiente de supervisión, evaluación técnica e inspección | Listado de personal + perfiles + soportes | El punto crítico es el perfil del personal responsable (ver tabla siguiente). |
Requisitos del personal que prepara EPB/EPIP y PPB/PPIP (tabla)
El personal que realiza o se responsabiliza de Evaluaciones y Planes de Protección debe cumplir:
| Criterio | Exigencia | Soporte recomendado |
|---|---|---|
| Habilitación en seguridad privada | Acreditado como consultor o asesor en seguridad privada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada | Certificación/credencial vigente |
| Formación | Título profesional universitario (institución reconocida por Icfes) | Diploma + acta o certificación |
| Experiencia sectorial | Experiencia mínima de 18 meses en puertos y buques | Certificados laborales detallando funciones |
| Gestión / sistemas | Experiencia mínima de 6 meses o capacitación en gerencia o manejo de sistemas de gestión o áreas afines | Certificados de formación / constancias |
| Capacitación PBIP | Aprobar curso de protección marítima en instituciones avaladas por DIMAR (si fue en el exterior, debe homologarse) | Certificado del curso + homologación si aplica |
Recomendación práctica: prepare un “dossier” por cada profesional (hoja de vida + matriz de cumplimiento + copias soportes) para auditoría documental y trazabilidad.
Obligaciones de una OPR (para sostener el registro)
- Capacitación continuada: apoyo técnico/administrativo y sistema documental para actualización continua del personal.
- Conformidad PBIP: proveer lo necesario para preparar evaluaciones y planes de protección de buques con arreglo a la Parte A y B del Código PBIP que aplique.
- Control documental: procedimientos para manejo y control de la documentación.
- Supervisión interna: sistemas de control para vigilancia, supervisión y control del personal.
- Póliza vigente: mantener vigente la póliza de cumplimiento mientras esté registrada como OPR.
Causales de cancelación del registro como OPR
- Incumplir alguna de las obligaciones aplicables.
- Que DIMAR inspeccione y verifique que no se mantienen las condiciones iniciales o que se modificaron sin autorización.
- No solicitar la renovación dentro del término establecido.
Control preventivo recomendado:
- Mantener un calendario de vigencias (póliza, certificados, renovación).
- Auditoría interna semestral del sistema procedimental y del control documental.
- Matriz de competencias y actualización anual del personal.
Renovación del registro: periodicidad y ventana para solicitar
La renovación del registro de una OPR es cada tres (3) años y debe solicitarse dentro de los treinta (30) días hábiles anteriores a la fecha de vencimiento.
Buenas prácticas:
- Iniciar preparación documental con 90 días de anticipación.
- Revisar vigencia de póliza y soportes del personal.
- Actualizar evidencias del sistema de gestión procedimental (registros, control de cambios, capacitación).
Checklist rápida para radicar sin reprocesos
- Certificado Cámara de Comercio (≤ 3 meses) + matrícula mercantil renovada.
- Soporte de constitución/registro ante SuperVigilancia (seguridad privada o asesoría/consultoría en seguridad).
- Declaración del representante legal (órganos directivos sin inhabilidades/sanciones).
- Manual/procedimientos del sistema procedimental (evaluaciones/planes + control documental + confidencialidad).
- Póliza de cumplimiento vigente (con cuantía/vigencia según DIMAR).
- Listado de personal + dossier individual (título, experiencia, gestión, curso PBIP, acreditación consultor/asesor).
- Plan anual de capacitación continuada y registros de ejecución.
- Calendario de renovación (3 años) y recordatorio operativo (30 días hábiles previos).
Rutas de acción recomendadas (páginas satélite y recursos)
Para profundizar y convertir esto en un “sistema” (no solo un artículo), use esta ruta:
- Entender qué es una OPR y su marco PBIP:
- Requisitos documentales complementarios y criterios DIMAR:
- Formación y competencias del equipo (para cumplir “personal competente”):
- Punto de partida (esta página):
Lecturas recomendadas (PBIP / ISPS) y fuentes técnicas
- Código PBIP (ISPS Code): Parte A (obligatoria) y Parte B (orientativa, incluye criterios de competencia OPR).
- SOLAS Capítulo XI-2: base internacional para protección marítima.
- DIMAR – Protección marítima: lineamientos, listados y documentos de consulta.
- IMO – Maritime Security: portal temático y circulares relacionadas.
Preguntas frecuentes sobre certificación OPR ante DIMAR
1) ¿Qué es una OPR y para qué sirve en el sistema PBIP?
Es una persona jurídica inscrita ante DIMAR que puede ser autorizada para apoyar funciones críticas de protección marítima: evaluaciones y planes de protección para buques e instalaciones portuarias, y capacitación asociada.
2) ¿Qué funciones puede autorizar DIMAR a una OPR?
Entre otras: EPB, PPB, EPIP, PPIP y capacitación del personal respecto de los planes elaborados por la OPR. El alcance autorizado depende de capacidades demostradas.
3) ¿Cuál es el requisito empresarial clave antes de radicar como OPR?
Estar constituida como empresa de vigilancia/seguridad privada o como empresa de asesoría y consultoría en seguridad ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, además de cumplir requisitos documentales y de sistema procedimental.
4) ¿Qué debe incluir el “sistema de gestión procedimental” exigido?
Procedimientos documentados para elaborar evaluaciones y planes PBIP, control documental (versiones, aprobación, cambios), medidas de confidencialidad y evidencias de capacitación/competencia del personal.
5) ¿Qué perfil debe tener el personal que elabora EPIP/PPIP o EPB/PPB?
Debe estar acreditado como consultor/asesor en seguridad privada, contar con título profesional, experiencia mínima de 18 meses en puertos y buques, experiencia/capacitación en gestión (6 meses) y aprobar curso de protección marítima avalado por DIMAR (u homologado si fue en el exterior).
6) ¿Cada cuánto se renueva el registro como OPR?
Cada 3 años. Debe solicitarse dentro de los 30 días hábiles anteriores al vencimiento.
7) ¿Qué puede causar cancelación del registro OPR?
Incumplir obligaciones, perder/modificar condiciones iniciales sin autorización, o no solicitar la renovación en los tiempos establecidos.
8) ¿Qué prácticas reducen devoluciones o requerimientos adicionales?
Radicar con dossier completo por profesional, mantener vigencias controladas (cámara, póliza), y presentar una matriz de cumplimiento que trace cada requisito con su evidencia.
Siguiente paso
¿Va a estructurar o fortalecer su OPR?
- Verifique la ruta completa de recursos y criterios: OPR (Parte B 4.3–4.7)
- Revise requisitos complementarios y enfoque DIMAR: Requisitos autoridad marítima – DIMAR
- Fortalezca la competencia del equipo: Cursos de protección marítima
Asesoría: La acadenmia le presta el servicio para acompañarlo en el peroceso de certificación como OPR.
¿Necesita acompañamiento para certificarse como OPR ante DIMAR?
Brindamos asesoría experta para estructurar y radicar su solicitud de Organización de Protección Reconocida (OPR), incluyendo matriz requisito–evidencia, sistema procedimental, etc.
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